Para evitar que el Alcalde provisional no atente contra el
normal desarrollo de la administración de la Empresa de
todos los huaralinos EMAPA HUARAL y siga contraviniendo
el principio de legalidad establecido por el ordenamiento
jurídico peruano, que señala que las autoridades deben actuar
con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho.
La Superintendencia nacional de Servicio de Saneamiento SUNASS y el Ministerio de Vivienda, mediante oficio han hecho de conocimiento en forma detallada a los accionistas, Municipalidad de Huaral y Municipalidad de Aucallama la responsabilidad funcional,Administrativa y hasta Penal del Gerente General en caso permitiera que personas ajenas al Directorio pretendan realizar actos administrativos en la EPS Emapa Huaral.
El Director Nacional de Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Vivienda ha reiterado que la designación del representante de la Municipalidad ante el Directorio debe ser propuesto por el concejo Municipal.
Con estos oficios reiterativo no le queda otra cosa al Alcalde provisional y al Concejo Municipal que cumplir con las normas establecidas y convocar a los mejores hijos de huaral para que la población se sienta digna y legalmente representada por un profesional Huaralino que cautele los sagrados intereses de la Empresa de todos.
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